El importe del “Bono No Remunerativo” que figura en la anterior imagen, corresponde al primer tramo del pago. Con el sueldo de enero se abonarán los $2500 restantes que completan la totalidad del adicional ($5000).
El Gobierno Nacional oficializó, a través del Decreto DNU 1043/2018, el pago del bono destinado a trabajadores del sector privado. El monto establecido es de $5000 y se abonará en dos tramos: $2500 en el sueldo de noviembre y $2500 con el salario de enero.
El mismo le corresponde tanto a quienes trabajan jornadas completas, como a aquellos que lo hacen de manera reducida (en este caso, recibirán un proporcional sobre lo que establezca el convenio colectivo de trabajo).
Cabe destacar que la suma adicional será bajo el concepto “no remunerativo” en el recibo de sueldo, por lo que no está sujeto a descuentos como obra social y jubilación; ni computa para aguinaldo, vacaciones e indemnización. Es decir, no se deducen aportes ni contribuciones.
En tanto, el Gobierno indicó que en el caso de las paritarias con cláusula de revisión, las partes “podrán compensar el aumento con la suma total de la asignación establecida”. Cabe aclarar que en el caso del sector de Comercio y Servicios, aún se aguarda definición.
Por su parte, algunos estudios contables sugieren que la manera de liquidarlo en el recibo de sueldo sea de la siguiente forma: “Bono No Remunerativo Dto. 1043/2018”.
El importe del “Bono No Remunerativo” que figura en la anterior imagen, corresponde al primer tramo del pago. Con el sueldo de enero se abonarán los $2500 restantes que completan la totalidad del adicional ($5000).
El siguiente es un modelo de recibo de sueldo correspondiente a Empleados de Comercio (CCT 130/75) – Administrativos “A” con antigüedad inicial y jornada de 48 hs: