06/10/2020

Compras web: el “botón de arrepentimiento” es obligatorio



La Cámara de Comercio de Córdoba informa la Resolución 424/2020 de la Secretaría de Comercio Interior, la cual establece la obligatoriedad del link denominado “botón de arrepentimiento” en páginas o aplicaciones web que comercialicen bienes y/o servicios.

De esta manera, los consumidores cuentan con un plazo de diez (10) días para manifestar su arrepentimiento desde la compra o recepción del bien. Al momento de hacer uso del botón, el proveedor no podrá requerir registración previa ni otro trámite.

Dentro de las veinticuatro (24) horas de la solicitud, el proveedor deberá informar al consumidor el número de código de identificación de arrepentimiento o revocación.

Las empresas disponen de un plazo de hasta 60 días corridos (a partir del 5 de octubre) para adecuar sus páginas webs y apps a los términos de la medida. “Deberá ser un link de acceso fácil y directo desde la página de inicio del sitio de Internet institucional de los sujetos obligados y ocupar un lugar destacado, en cuanto a visibilidad y tamaño, no dejando lugar a dudas respecto del trámite seleccionado”, detalla la resolución.