27/03/2020
Detalle de medidas ante la Emergencia Sanitaria COVID-19
Medidas económicas
Desde la Cámara de Comercio de Córdoba damos a conocer información detallada respecto a las medidas que han sido anunciadas por el Gobierno Nacional, Provincial y Municipal, las cuales resultan de gran importancia para nuestro sector Comercial y de Servicios.
La situación de emergencia sanitaria en el país debido a la pandemia de Coronavirus llevó al aislamiento social preventivo y obligatorio (DNU 297/2020, excepciones en Art.6) que se extenderá hasta el 28 de junio inclusive.
Medidas vigentes y anunciadas a nivel nacional, provincial y municipal:
- A través del Decreto 487/2020 se extendió la prohibición de efectuar despidos sin justa causa, y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor, por el plazo de 60 días.
- El Gobierno decidió prorrogar el programa “Precios Cuidados”, a través de la Resolución 133/2020 , hasta el 30 de junio de 2020. Alcanza a todos los productos, aunque existe una lista de referencia de más de 2.300 artículos en la web.
- AFIP lanzó régimen de facilidades de pago para abonar impuestos vencidos hasta el 30 de abril, por medio de la Resolución General 4718/2020, en la que estableció los requisitos, plazos y demás formalidades que deberán observarse para solicitar la adhesión al régimen.
- Se habilitó el sistema de inscripción a la nueva instancia del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción ( ATP) para que los empleadores que califiquen para el beneficio reciban la ayuda para el pago de salarios de mayo, que se deben hacer efectivos en junio.
- Bancos deberán descontar del monotributo de los créditos a tasa cero: AFIP determinó que los bancos deberán descontar los pagos del monotributo y de los aportes de los trabajadores autónomos de junio, julio y agosto de este año, a los beneficiarios de los créditos a tasa cero.
- El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, a través de la Resolución 408/2020, informó que aquellos empleadores que hubiesen efectuado el pago total o parcial de haberes correspondiente al mes de abril de 2020 en forma previa a la percepción por parte de sus trabajadores dependientes del beneficio del Salario Complementario, y cuyo monto, sumado el pago del beneficio del Salario Complementario correspondiente a dicho mes, supere el monto que le hubiere correspondido percibir a cada trabajador por parte de su empleador, podrán imputar el monto excedente a cuenta del pago del salario correspondiente al mes de mayo de 2020.
- El Gobierno amplió el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción: sumó a empresas de más de 800 empleados para el pago del 50% de salarios de sus trabajadores y permite la solicitud a las compañías cuya facturación no creció más del 5% interanual entre el 12 de marzo al 12 de abril de 2020.
- El Decreto 418/2020 estableció la creación de un Régimen Especial de Compensación en el marco de la Emergencia Alimentaria, con la finalidad de mantener el valor de determinados productos lácteos. Así, se compensará a los comercios cuya principal actividad sea la venta al por menor de dichos productos, hipermercados, supermercados y minimercados, hasta el 30 de junio.
- Para ello se compensará a los comercios que tengan como principal actividad la venta al por menor de los productos mencionados, hipermercados, supermercados y minimercados (incluye mercaditos, autoservicios y establecimientos similares que vendan carnes, verduras y demás productos alimenticios en forma conjunta).
- El Gobierno de Córdoba decidió extender el aval en créditos bancarios destinados al pago de alquileres para los pequeños y medianos comerciantes a través de Bancor y la banca privada.
- El Estado amplió el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción con el Decreto 376/2020, con las siguientes características:
- Postergación o reducción de hasta el 95% del pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino
- Salario Complementario: asignación abonada por ANSES para los trabajadores y las trabajadoras en relación de dependencia del sector privado. Será equivalente al 50 por ciento del sueldo neto del trabajador/a correspondiente a febrero de 2020 (no pudiendo ser inferior a una suma equivalente a un salario mínimo, vital y móvil ni superar dos SMVM, o al total del salario neto correspondiente a ese mes)
- Crédito a Tasa Cero para monotributistas y autónomos, cuyo monto de la financiación no podrá ser superior a la cuarta parte del límite máximo de Ingresos Brutos de cada categoría del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes. Se pagará en tres cuotas y tendrá como límite máximo $150.000. Con subsidio del 100% del costo financiero total.
- Contribuciones patronales: Se elimina el tope de 60 trabajadores para acceder a la reducción del 95% en las contribuciones patronales al SIPA sin promover Procedimiento preventivo de crisis.
- A través de la Decisión Administrativa 524/2020, el Gobierno habilitó establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos y la venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos (sin abrir las puertas al público). También Ópticas con sistema de turno previo.
- La Secretaría de Comercio Interior prorrogó la vigencia de los precios máximos de venta al consumidor final, que vencía el 20 de abril, por un plazo de 30 días (ver link) a través de la Resolución 117/2020. Los valores deben ser los vigentes al 6 de marzo.
- El Ministerio de Desarrollo Productivo extendió hasta el 30 de junio la vigencia de los certificados MiPyME con vencimientos 30 de abril y 31 de mayo. Con esta modificación, la renovación automática que iba a iniciar este mes comenzará en junio.
- El Banco Central de la República Argentina (BCRA) dispuso la reapertura de sucursales de cobros de servicios a partir del lunes 20 de abril, lo que permitirá que 20.000 locales vuelvan a la actividad, respetando las medidas de seguridad recomendadas.
- El Gobierno Nacional, a través del Decreto 367/2020, estableció que las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) deberán dar cobertura a trabajadores que, en el desempeño de actividades y servicios esenciales, contraigan coronavirus.
- También amplió la de actividades y servicios exceptuados con la Decisión Administrativa 490/2020. De esta manera, entre otras cosas, retornó la actividad bancaria exclusivamente con turnos previos, y se habilitó la venta de artículos de librería e insumos informáticos, exclusivamente bajo la modalidad de entrega a domicilio.
- La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) prorrogó por dos meses el pago de las contribuciones patronales (solo aplica para conceptos de seguridad social) que vencían en abril a través de la Resolución 4693/2020. El beneficio será para las empresas cuya actividades estén en el listado publicado por la Jefatura de Gabinete de Ministros en el marco del “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción”. Podrán inscribirse hasta el 15 de abril.
- Según anunció el intendente Martín Llaryora, la Municipalidad de Córdoba eximirán del pago de tasas a pequeños comerciantes y pymes; y de la cuota de abril a los monotributistas A, B y C. Además, mencionó que suspenderán las ejecuciones fiscales por 90 días y que prorrogarán la tasa de transferencia de inmuebles y de los planes de pago.
- El Programa de Recuperación Productiva (REPRO) brinda a los trabajadores de las empresas, cuya solicitud haya sido aprobada, una suma fija mensual remunerativa de hasta un monto equivalente al salario mínimo, vital y móvil por trabajador actualizado a la fecha de otorgamiento, por un plazo de hasta 12 meses, destinada a completar el sueldo de su categoría laboral. Para acceder a este programa las empresas deben acreditar la situación de crisis que atraviesan.
- Se anunció un Ingreso familiar de emergencia, a través del Decreto 310/2020 (leer requisitos), que otorgará una prestación monetaria no contributiva de carácter excepcional por $10.000 a Monotributistas de las categorías “A” y “B” y monotributistas sociales, en el mes de abril. Ingresar a la web de ANSES.
- La mencionada Secretaría también implementó un horario de atención al público de al menos trece horas diarias en establecimientos comerciales en función de los flujos de la demanda y a fin de evitar las concentraciones de los clientes. La Resolución 101/2020 menciona además las excepciones y más medidas prevención. FAECYs informó un aporte solidario de 5 mil pesos para los trabajadores de supermercados.
- La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) extendió la suspensión de medidas cautelares hasta el 30/04/2020, como así también la vigencia transitoria correspondiente a los planes de facilidades de pago admisibles, cantidad de cuotas y tasa de interés de financiamiento aplicable hasta el 30 de junio del 2020 inclusive.
- El Banco Central (BCRA) actualizó la norma que busca paliar el impacto de la cuarentena obligatoria en las pymes a través de créditos a una tasa no superior al 24% anual para afrontar capital de trabajo. La modificación busca estimular la disposición de más fondos para préstamos que sean destinados a afrontar el pago de la nómina salarial. Cabe recordar que se dejaron sin efecto, hasta el 30 de abril, las multas y las inhabilitaciones de las cuentas bancarias por cheques sin fondos.
- El DNU 320/2020 estableció el congelamiento del precio de los alquileres y suspensión de desalojos hasta el 30 de septiembre de 2020, con fijación de las cuotas mensuales para los deudores de créditos hipotecarios y prohibición de ejecuciones.
- El DNU 319/2020 estableció el congelamiento de créditos hipotecarios hasta el 30/09/202, como así también la suspensión de ejecuciones hipotecarias, judiciales o extrajudiciales en idéntico plazo.
- A través de la Resolución 78/2020, el Ministerio de Transporte de la Nación aprobó el modelo de certificación de afectación a actividades y servicios declarados esenciales transporte de mercaderías, petróleo, combustibles, y demás; el que podrá ser completado e impreso por el Transportista o generado mediante los sistemas Web que diseñe el Ministerio.
- El Gobierno de Córdoba otorga avales por una suma de hasta $4.000 millones de pesos a empresas no sujetas de crédito. Comprende a MiPymes, clientes de Bancor, que pertenezcan a: Clínicas, servicios de ambulancia y emergencias, insumos médicos, sectores alimenticio y logístico, turismo y todos los definidos como críticos. Los préstamos serán a cargo de por plazo de 12 meses con 6 meses de gracia para capital e intereses, hasta el equivalente a una nómina salarial, con una tasa del 24% (TNA) y sin costo de comisiones.
- El Ministerio de Desarrollo Productivo anunció la extensión del Programa Ahora 12 y sus variantes hasta el 30 de junio de 2020, y dispuso la incorporación de nuevos rubros como alimentos, bebidas, insumos médicos y medicamentos.
- El presidente Alberto Fernández dispuso la prohibición, por un período de 60 días, de “los despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor”, como así también las “suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo”. Lo hizo a través del DNU 329/2020.