La Cámara de Comercio de Córdoba informa que el Gobierno Nacional, a través de Resolución 346 del Ministerio de Producción y Trabajo, estableció la posibilidad de entregar los recibos de sueldo en formato digital.
“Establécese que los empleadores podrán optar por emitir, indistintamente, recibos de pago en concepto de salarios u otras formas de remuneración al personal en relación de dependencia en formato papel o digital”, menciona la resolución, que entrará de vigencia el próximo lunes 27 de mayo.
El sistema utilizado deberá permitir que el trabajador pueda recuperar sus recibos digitales, así como guardar copia de ellos (Ley N° 25.506). Además, será el empleador el responsable de que sean firmados digitalmente, tanto por él como por el empleado.
Es importante aclarar que, independientemente del formato en que se emitan, deberán cumplir con los requisitos exigidos por los artículos 138, 139 y 140 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744, t.o. 1976 y sus modificaciones, y, en caso de corresponder, por las disposiciones de la ley N° 25.506 y sus modificatorias.