La Cámara de Comercio de Córdoba informa que el Gobierno Nacional, a través del Decreto 14/2020, oficializó un incremento salarial destinado a trabajadores en relación de dependencia del sector privado.
El mencionado decreto establece un incremento remunerativo mínimo y uniforme de $4.000, que se aplicará en dos tramos: desde enero regirá un aumento de $3.000, mientras que a partir de febrero se deberá incrementar la suma de $1.000 adicionales.
Este incremento, que deberá consignarse en el recibo de haberes como un rubro independiente denominado “incremento solidario”, será absorbido en las próximas negociaciones de paritarias. Además, no deberá ser tenido en cuenta para el cálculo de ningún adicional previsto en el convenio colectivo o en el contrato individual de trabajo, en tanto no sea pactado específicamente para este incremento.
Asimismo, las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas que cuenten con Certificado MiPyME vigente, quedarán eximidas del pago de las contribuciones patronales con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino creado mediante Ley N° 24.241 y sus modificatorias, con relación al incremento salarial resultante del artículo 1°, por el término de TRES (3) meses o el menor plazo en que tal incremento sea absorbido por las futuras negociaciones paritarias.
Aquellas que no cuenten con su “Certificado MiPyME” vigente, podrán quedar incluidas en la eximición del pago prevista en el párrafo precedente siempre que lo obtuvieran dentro del plazo de SESENTA (60) días corridos, desde la vigencia del Decreto.