Desde la Cámara de Comercio de Córdoba informamos las medidas del Gobierno nacional, oficializadas a través del Decreto 334/21, con el objetivo de disminuir el contagio de Covid-19. La Provincia de Córdoba adhirió a la normativa.
Las restricciones tienen vigencia desde la primera hora de este sábado 22 hasta el domingo 30 de mayo inclusive, y se repetirán el sábado 5 y domingo 6 de junio.
• Exclusivamente reservada a supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad de alimentos, higiene personal y limpieza, farmacias, ferreterías, veterinarias, estaciones expendedoras de combustibles y servicios de lavandería.
• Los restaurantes, locales de comidas preparadas y rápidas, podrán funcionar con servicios de reparto domiciliario y/o para llevar (modalidad take away).
• Está permitida la venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes.
• Los días lunes 24 y martes 25 de mayo se mantienen vigentes como feriados nacionales, por lo que se aplicará esa legislación para el pago de la remuneración de empleados.
• Se reserva exclusivamente para el personal esencial que detalla el Art. 4 del Decreto.
• Quedan suspendidas las actividades sociales, económicas, educativas, turísticas, religiosas y deportivas en forma presencial.
• La circulación estará habilitada exclusivamente de 6 a 18 hs en cercanías al domicilio, y para actividades habilitadas.