La Cámara de Comercio de Córdoba informa el nuevo cronograma para la implementación del servicio “Libro de IVA Digital” establecido por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Resolución N° 4796/2020, con la facturación de los sujetos alcanzados en 2018.
Con esta disposición, los contribuyentes que aún no estaban obligados a registrar de manera electrónica sus operaciones (venta, compra, cesiones, exportaciones e importaciones definitivas de bienes y servicios, locaciones y prestaciones) disponen de más tiempo para implementarlo.
Según los nuevos plazos, quienes facturaron entre $2.000.000 y hasta $5.000.000 deberán comenzar tal registro a partir de septiembre; entre $5.000.000 y hasta $10.000.000, desde octubre y quienes hayan facturado más de $10.000.000, a partir de noviembre.
Todos los responsables inscriptos en el IVA que no tenían obligación de aplicar el régimen de información de compras y ventas deberán informar sus operaciones digitalmente desde diciembre. Además, los contribuyentes exentos empezarán a informar en enero de 2021.