26/08/2019

Supermercadistas solicitan precisiones sobre los alimentos sin IVA



Tras la publicación del Decreto Presidencial N°567/2019, que establece la venta de ciertos productos de la canasta alimentaria con una alícuota equivalente al 0% en el IVA (cuando se comercialice a consumidores finales), la Cámara de Comercio de Córdoba dialogó con Víctor Palpacelli, Presidente de la Cámara de Supermercados y Afines de Córdoba (CASAC) y la Federación Argentina de Supermercados y Autoservicios (FASA).

“Si bien la eliminación del IVA en la canasta alimentaria se está aplicando, no se puede realizar aún en su totalidad debido a que no están detalladas las variaciones de productos que incluye la resolución”, afirmó Víctor. El listado oficial por parte del Gobierno es el siguiente:

  1. Aceite de girasol, maíz y mezcla
  2. Arroz
  3. Azúcar
  4. Conservas de frutas, hortalizas y legumbres
  5. Harina de maíz
  6. Harinas de trigo
  7. Huevos
  8. Leche fluida entera o descremada con aditivos
  9. Pan
  10. Pan rallado y/o rebozador
  11. Pastas secas
  12. Yerba mate, mate cocido y té
  13. Yogur entero y/o descremado

“Tenemos el caso del arroz, que no está claro cuáles alcanza la medida; y el pan, que tiene algunas variaciones como el lactal o casero y no sabemos si están incluidos”, agregó Palpacelli, mencionando algunas dificultades en la aplicación  total del decreto.

Además, el dirigente dio a conocer que solicitaron al Ministerio de Producción y Trabajo mayor precisión sobre los alimentos que, en mismas categorías, tienen suspensión de IVA hasta el 31 de diciembre de 2019; o bien, si existen excepciones al respecto.